Si no estas conforme con tu nombre o tu apellido, puedes realizar el cambio mientras cumplas los requisitos que te mensionamos a continuación.
Este trámite es un procedimiento dónde el ciudadano cambia sus apellidos, su nombre o el orden de los apellidos, lo realiza el interesado si es mayor de 16 años de edad o en caso de ser menor de edad, pueden hacerlo los representantes.
Para realizar el cambio de nombre o apellido debes acudir de forma presencial al Registro Civil más cercano de tu domicilio con toda la documentación.
REQUISITOS CAMBIO DE NOMBRE/APELLIDO
Te presentamos los requisitos que debes cumplir para realizar el cambio de nombre/apellido, al menos debes cumplir uno de ellos para realizar el cambio:
Cambio de apellidos
- Cuando eres conocido por el apellido que solicita.
- Cuando los apellidos nuevos pertenecen legítimamente al interesado.
- Cuando los apellidos que resulten del cambio, no pertenezcan a una sola línea, sino que sean uno de la paterna y el otro de la materna.
Cambio de nombre propio
- Cuando se usa habitualmente un nombre distinto del que consta en la inscripción de nacimiento o por otra justa causa.
- Cuando el nombre se hubiese impuesto con infracción de las normas establecidas.
- Cuando se trate de la traducción de un nombre extranjero.
- Cuando se trate de la traducción o adaptación gráfica o fonética a las lenguas españolas.
- Cuando se rectifique la mención registral del sexo.

Documentación para el cambio de nombre/apellido
Cambio de apellidos | – Solicitud escrita manifestando la causa que motiva el cambio dirigida al Ministro de Justicia o Director General de los Registros y del Notariado. – Certificación literal de la inscripción de nacimiento del afectado por el cambio. – Prueba documental, pública o privada y/o testifical, para acreditar en cada caso, el uso y conocimiento, la legitimidad y línea de la que proceden los apellidos o cualquier otra circunstancia en que se base la petición. – Inscripciones de nacimiento de los padres y si fuese necesario de ascendientes anteriores. – Certificados de las Reales Academias de las correspondientes lenguas oficiales. (adecuación de apellidos a otras lenguas españolas) |
Cambio de nombres | – Solicitud dirigida, según los casos, al Registro Civil o al Ministro de Justicia o Director General de los Registros y del Notariado. – Certificación literal de la inscripción de nacimiento del afectado por el cambio. – Prueba documental que acredite, en su caso, el uso habitual del nombre que se propone o cualquier otra circunstancia en que se base la petición. |
NOTA
Recuerda, la inscripción del cambio de apellidos se realiza en el Registro Civil donde conste la inscripción de nacimiento.